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Elsie Monge en la sala de su departamento en Quito. Marzo de 2022. Foto: Karen Toro A.
| La Periódica

Paola Guzmán: breve cronología de la injusticia

2000

A sus 14 años, Paola Guzmán Albarracín, comenzó a tener problemas en dos materias y el vicerrector del colegio donde estudiaba, Bolívar Eduardo Espín Zurita, quien tenía 65 años, aprovechó esta situación y ofreció “ayudarla” con la condición de que saliera con él.

2002

A los 16 años, Paola descubrió que estaba embarazada, el vicerrector le dio dinero para abortar con la ayuda del médico del colegio. 

El médico le dijo a Paola que solo le practicaría el aborto si ella tenía sexo con él. 

Sus compañeras y profesores conocían que Paola era víctima de violencia sexual.

El 12 de diciembre, Paola tomó pastillas de fósforo blanco.

Las autoridades del colegio no le dieron atención médica y la obligaron a rezar para pedir perdón por su intento de suicidio.

Doña Petita, madre de Paola, se enteró horas más tarde de lo ocurrido y la llevó a dos centros médicos pero falleció esa misma noche.

2003

Petita Albarracín informa al Subsecretario de educación el expediente penal.

La fiscal Smirnova Calderón emitió dictamen acusatorio por presunto acoso sexual contra Bolívar Espín.

El juez 20º de lo Penal, Jorge Moreno, negó el pedido de prisión preventiva que solicitó la fiscal Calderón.

2004

La jueza, Rocío Santos determinó una fianza de 3.400 dólares a favor de Bolívar Espín, como presunto responsable de acoso sexual e instigación al suicidio. 

La fiscal Smirnova Calderón, acogió lo que dispone la Corte Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) y dictaminó contra Bolívar Espín, lo siguiente:

• Orden de captura. Espín estuvo prófugo.

• Destitución  por “abandono del cargo” como vicerrector.

• Se dispuso que Espín, como responsable del suicidio de Paol, indemnizara por $25 mil dólares a Petita Albarracín 

• Él nunca pagó este rubro.

2006

El Centro Ecuatoriano para la Promoción y Acción de la Mujer (CEPAM-Guayaquil) y el Centro de Derechos Reproductivos presentaron una petición ante la CIDH, en la que se alega la responsabilidad internacional de la República del Ecuador en perjuicio de Paola del Rosario Guzmán Albarracín.

2008

En Ecuador, el caso fue declarado prescrito bajo la norma nacional, sin embargo, la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), el 17 de octubre del mismo año, aceptó la petición para analizar el caso.

2013 

El Estado ecuatoriano archivó el proceso de indemnización.  

2015

La CIDH celebra una audiencia sobre el fondo del caso.

2018

La CIDH emite un Informe de Fondo No.110/18, concluye que el Estado ecuatoriano es responsable por la violación de los derechos a la vida, a la integridad personal, a la honra y la dignidad, establecidos en la Convención Americana.

2019

La Corte IDH convoca al Ecuador y a las representantes de las víctimas a audiencia pública sobre la excepción preliminar y eventuales: fondo, reparaciones y costas que se celebrará durante el 133° Período Ordinario de Sesiones, en la ciudad de San José, Costa Rica, el día 28 de enero de 2020, para recibir sus alegatos, observaciones finales orales y declaraciones.

2020

El Estado ecuatoriano ofreció disculpas públicas por su acción y omisión a las familiares de Paola Guzmán Albarracín, quienes han buscado justicia tras 17 años de su muerte.

La Corte IDH convocó para el 28 de febrero de 2020, a una audiencia donde se presentaron los alegatos finales.

El 24 de junio la Corte IDH condenó al Estado ecuatoriano por violar el derecho a la vida, educación, no discriminación e integridad personal de Paola Guzmán Albarracín.

¿Qué contempla este fallo?

  • El Estado ecuatoriano está obligado a reparar de manera integral a la familia de Paola. Petita, su madre y Denisse, su hermana deben recibir compensaciones materiales, sociales y simbólicas, tras 18 años de impunidad.
  • También, se debe restablecer el buen nombre de Paola y reconocer que fue víctima de violencia sexual y que su muerte está relacionada directamente con esa agresión sexual.
  • Además, Ecuador debe tomar medidas de no repetición e implementación de mecanismos idóneos para asegurar la protección, de manera oportuna, de las víctimas de acoso y violencia sexual.
  • Debe asegurar el acceso a la justicia sin estereotipos de género.

El 14 de agosto de 2020 la Corte IDH notificó la sentencia del caso y se declaró el Día de Lucha contra la Violencia Sexual en las aulas en Ecuador.

2021

A un año de la declaratoria del Día de Lucha contra la violencia sexual en las aulas, CEPAM-Guayaquil organizó una jornada interactiva en memoria de Paola. Se llevó a cabo en Plaza Paola Guzmán Albarracín (antes Plaza la Merced). El cambio de nombre fue un homenaje del movimiento de mujeres feministas de la ciudad en memoria de Paola y por la lucha contra la violencia.

Fuente: Observatorio Paola Guzmán Albarracín – CEPAM Guayaquil
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La Periódica

Primera revista digital feminista en línea desde 2017 en Ecuador. Es un proyecto orientado a denunciar y visibilizar la vulneración de derechos a las mujeres, niñas, y personas LGBTIQ+, y narrar la realidad desde una perspectiva feminista crítica.