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Elsie Monge en la sala de su departamento en Quito. Marzo de 2022. Foto: Karen Toro A.
| Johana Romero Larco

Moreno le pasó la posta a la Corte Constitucional

Hasta septiembre, el debate con respecto a la despenalización del aborto por violación en Ecuador, tuvo como foco de atención la Asamblea Nacional. Las discusiones de las y los asambleístas en el recinto legislativo, sus declaraciones en los medios de comunicación y en las redes sociales nos dejaron un amargo sabor por el limitado nivel de sus argumentos. El resultado de la votación (65 votos a favor frente a 59 votos en contra) simplemente dejó entrever que el órgano legislativo no está listo para asumir con responsabilidad la realidad de las niñas y mujeres víctimas de violación en todo el país.

Con el fracaso del debate en la Asamblea, la posta pasó al Ejecutivo en el ejercicio de su rol de colegislador. Para exponerlo en forma sencilla, podemos decir que el presidente Lenín Moreno tenía a su disposición la posibilidad de elegir alguna de estas movidas: 1) vetar totalmente el proyecto, con lo cual el mismo volvía a la Asamblea y, hasta dentro de un año, no podría volver a debatirse; 2) vetar parcialmente el proyecto y proponer un texto alternativo, el que debería volver a la Asamblea para que esta acepte o rechace las modificaciones, y; 3) objetar por inconstitucionalidad el proyecto.

El veto total no resultaba una alternativa para Moreno, pues eso le habría costado dejar de lado asuntos que eran de su interés (comiso, incautación de bienes, etc.). El veto parcial, en cambio, aunque le permite proponer un texto alternativo, tenía que ajustarse a la única restricción de “no incluir materias no contempladas en el proyecto”.

En este punto, la cuestión estaba en determinar si el proyecto contemplaba “la materia” del aborto o no, y resulta que el proyecto de reforma contiene dos artículos que podríamos decir que se refieren a “la materia”: el artículo 32, que reforma sutilmente el “aborto no consentido” (art. 148 COIP), y la disposición transitoria segunda, la cual establece la obligación del Ministerio de Salud y el Consejo de la Judicatura de dictar una normativa que viabilice la aplicación “de la reforma” al artículo 150 del Código Orgánico Integral Penal. Sí, de la reforma que nunca pasó. A nadie le queda duda que la Asamblea olvidó sacar aquella transitoria, que “se le quedó”; pero, debido a ese lapsus y a una débil modificación al artículo que penaliza el aborto no consentido, sabíamos que la restricción no aplicaba; es decir que la materia del aborto estaba contemplada en el proyecto y que, por tanto, Moreno podía, en teoría, proponer un texto alternativo sobre este tema.

Pero lo anterior no era el verdadero problema, si consideramos que plantear un texto alternativo, en lo que a nosotras nos interesaba, implicaba que Moreno proponga el que la Asamblea Nacional ya había rechazado o, en su defecto, uno parecido que despenalizara el aborto por violación. Este asunto contiene al menos dos problemas, uno teórico y otro político, que aparentemente hicieron que Moreno opte por la jugada menos peligrosa, a fin de no perjudicar su credibilidad política que pendía de un hilo; porque no olvidemos que habían pasado solo un par de días [1] desde el “diálogo de paz” con los dirigentes indígenas tras las largas jornadas de protestas y represión que vivió el país.

Moreno o su círculo cercano sabían que la práctica de incorporar modificaciones a los proyectos de ley era una táctica muy común del expresidente Rafael Correa, quien usó en varias ocasiones el veto parcial para meter de refilón modificaciones a los proyectos de ley sobre temas no tratados o no aprobados en la Asamblea, ya que sabía que al incorporarlos no existía una mayoría suficiente (dos terceras partes) para rechazar el texto propuesto.

Si consideramos que una movida así pone en ventaja al Ejecutivo sobre los asuntos ya resueltos en el órgano legislativo, podemos entrever que, en términos teóricos, existe un peligro para la democracia y el principio de división de poderes.

Ciertamente, esa no habrá sido la principal preocupación de Moreno y compañía, sino el mirarse comparado con las viejas prácticas del correísmo. Entonces, Moreno optó por la tercera movida, pasarle la posta a la Corte Constitucional, por considerar que la disposición transitoria segunda [2] contiene posibles inconstitucionalidades.

Aunque llegada a la Corte Constitucional, la reforma podría, en un primer momento, darnos a las mujeres algún halo de esperanzas. Es importante tomar en cuenta algunas cuestiones para sacar nuestras propias conclusiones, para evitar que nos tomen desprevenidas.

La objeción de Moreno se sustenta en la inconstitucionalidad por el fondo y por la forma de la disposición transitoria segunda , lo cual sería lógico considerando que es lo más cercano a la despenalización del aborto con lo que se contaba en el proyecto. Una transitoria dejada por error; una ironía, ¿no es verdad?

Según el texto de la objeción, existe una vulneración del derecho a la seguridad jurídica, porque no se puede determinar con suficiente claridad la conducta punible. Tras afirmar esto, se propone que se revise la constitucionalidad del artículo 150 del COIP, por la estigmatización, la revictimización, la discriminación y las medidas sancionatorias desproporcionadas a las cuales quedan sujetas las mujeres que deben llevar un embarazo no deseado como producto de violencia sexual, y que el artículo 1 de la Convención sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer (CEDAW, por sus siglas en inglés) prohíbe.

Moreno no fue de frente a demandar la inconstitucionalidad de la penalización del aborto por violación. Necesitó hacer algunas maniobras argumentales para pedir que se revise la constitucionalidad del artículo 150. Aunque, desde lo jurídico, no tenía mucho ámbito de maniobra sobre el cual moverse sin cometer errores procesales (no olvidemos que estamos frente a proyecto y una norma que se pasó por error), aun así, su movida pudo haber sido más contundente.

Con la objeción del Presidente de la República y la contestación de la Asamblea Nacional, la Corte Constitucional deberá, en los próximos días, sortear entre sus jueces y juezas al ponente. En esta instancia hay que prepararse para las recusaciones más absurdas y ridículas que los defensores del aborto clandestino acostumbran formular. No olvidemos que hace poco, Hernán Salgado [3] abrió la puerta a recusaciones basadas sobre las opiniones académicas del juez Ávila Santamaría, sentando un precedente nefasto en materia de libertad de expresión y pensamiento.

Superado eso, se abre el debate más importante que el país ha esperado desde hace décadas: el reconocimiento pleno del derecho a decidir sobre nuestros cuerpos. La Asamblea Nacional dio muestras de no ser capaz de asumir aquello y al Ejecutivo le faltó voluntad política, veamos si en un órgano no democrático, donde los argumentos jurídicos se deben anteponer a los cálculos políticos, es posible conseguir que la dignidad se haga costumbre.

Las alternativas de la Corte Constitucional son todas complicadas procesalmente hablando, pero no imposibles cuando se comprende las dimensiones del peligro que afrontamos las mujeres.

[1] La mesa de diálogo entre los dirigentes indígenas y sindicales, el Gobierno Nacional y el representante de la ONU fue el 13 de octubre. Cinco días más tarde el Presidente Moreno presentó las objeciones al Proyecto de Reforma del COIP, el 18 de octubre.
[2] Hablamos de una inconstitucionalidad por la forma cuando el procedimiento constitucional de sanción de las leyes no se ha cumplido, e inconstitucionalidad por el fondo cuando alguna una norma contradice algún derecho o garantía contenido en la Constitución.
[3] Hernán Salgado Pesántes es el actual Presidente de la Corte Constitucional, ex Presidente de la Corte Interamericana de Derechos Humanos y docente en varias universidades del país. Fue uno de los jueces que votó en contra del Matrimonio Igualitario y es conocida su postura contraria a la despenalización del aborto.

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Autoras

Johana Romero Larco

Abogada Feminista, miembro de BOLENA-Género y Diversidades.