
| Nicole Morales
Ecuador amplía la licencia por maternidad a 14 semanas gracias a la lucha de Mayra Tirira
Portada: Autorretrato de Johis Alarcón dando de lactar a su hijo de 3 meses de nacido.
La abogada Mayra Tirira, acompañada por Surkuna, presentó una acción de protección en el año 2024, luego de que el Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) le otorgó sólo 12 semanas de licencia por maternidad previstas en el artículo 152 del Código del Trabajo, a pesar de que ella solicitó a la entidad el reconocimiento de las 14 semanas establecidas en el Convenio 183 de la Organización Internacional del Trabajo (OIT), .
Luego de cerca de dos años de lucha, el 11 de junio de 2026, la Corte Provincial de Pichincha reconoció que Mayra y todas las mujeres y personas gestantes tendrán derecho a 14 semanas de licencia por maternidad. Además, determinó que el IESS vulneró los derechos fundamentales relacionados con la maternidad, lactancia, salud sexual y reproductiva, el derecho al cuidado, el trabajo sin discriminación, la seguridad social y la igualdad.
La sentencia ordena al IESS la reparación integral a Mayra, actualizar y adecuar la normativa en 60 días y capacitar a su personal para garantizar los derechos de las mujeres y personas gestantes durante el embarazo, parto, postparto y lactancia. Según una publicación de Surkuna, esta resolución reconoce el derecho a condiciones dignas para que mujeres y personas gestantes puedan recuperarse, cuidar y sostener la vida y reafirma que los estándares internacionales de protección deben aplicarse en Ecuador, porque los derechos conquistados no pueden retroceder.
Esta sentencia ocurre en un contexto en el que el Gobierno de Daniel Noboa fusionó, por segunda ocasión, ministerios el pasado 04 de junio, reduciendo las Carteras de Estado de 14 a 10. El Ministerio de Trabajo y Desarrollo Humano ahora también estará a cargo de la Unidad de Registro Social y la Secretaría de Gestión y Desarrollo de Pueblos y Nacionalidades. Cynthia Gellibert estará al frente de la entidad.
Esta es la segunda reducción de ministerios en menos de un año. La primera se realizó en julio de 2025, cuando pasó de 20 a 14 Carteras de Estado. Aunque el Gobierno asegura que esta medida se toma en función de una “eficiencia estatal”, el Centro de Investigación y Defensa del Derecho al Trabajo emitió un pronunciamiento en el que señalan que esto "constituye un retroceso para la institucionalidad laboral ecuatoriana. Lejos de fortalecer una institución debilitada por años de precariedad, falta de recursos y condiciones que favorecen prácticas corruptibles, el Gobierno opta por reducir aún más el peso de la política laboral dentro del Estado. Esta decisión debilita la capacidad estatal para garantizar los derechos laborales, la libertad sindical, la negociación colectiva y la inspección del trabajo".
Frente a un panorama en el que el Ministerio del Trabajo asume más competencias con menos institucionalidad, su capacidad de supervisar el cumplimiento de la normativa se vuelve aún más limitada. En este contexto llega esta sentencia, y el verdadero desafío será que no se quede en el papel, sino que se ejecute efectivamente mientras el Estado se achica justo en el área encargada de garantizar los derechos laborales.
Mayra Tirira señaló que la Corte emitió una garantía de no repetición para que ninguna mujer vuelva a pasar lo que ella vivió. La sentencia es de cumplimiento obligatorio y le da un plazo de 60 días para que el IESS adecúe su normativa para que todas las mujeres en el país puedan efectivamente gozar de ese derecho mínimo de 14 semanas.
En el caso de mujeres que están gestando dentro de los 60 días que tiene el IESS para hacer esta reglamentación, Mayra explica que “si se encuentran dentro del período de licencia de maternidad o que vayan a iniciar su licencia en el futuro, podrían tener este derecho reconocido. Aunque no esté lista la normativa, sí se podría hacer una solicitud con sus empleadores y con el IESS para que se puedan reconocer estas 14 semanas. Mientras no tengamos normativa es un poco más difícil, pero no significa que el derecho no haya sido reconocido”.
Tiria agregó que la norma no es retroactiva. “Como todas las normas jurídicas, rigen para el futuro. Es decir que si ya pasaron las 12 semanas no se podría gozar de ese derecho. (…) En caso de incumplimiento del IESS, se podrían activar acciones donde, incluso, se podría llegar a la destitución de los funcionarios”.
“Tenemos una norma fundamental que es la Constitución y a partir de esta sentencia, todas las instituciones podrían tener normativa propia que reconozca estas 14 semanas sin poner trámites administrativos ni trabas a las mujeres. Hacemos un llamado a la Corte Constitucional, porque la propia sentencia ha remitido a la Corte, para que pueda pronunciarse de forma general para todo el país sobre este derecho. También, la Asamblea tiene un deber, como ya tenemos un estándar más favorable que recoge las 14 semanas, un mínimo sería que pueda reformar el art 152 del Código del Trabajo y reconozca estas semanas adicionales. Creo que estos dos trabajos por parte del Estado ayudarían muchísimo a destrabar un trámite administrativo”, indicó Mayra.
Para garantizar el cumplimiento de este derecho, Surkuna creó una guía para que mujeres y personas gestantes conozcan cómo solicitar el acceso a las 14 semanas por maternidad. Mientras el IESS adecúa su normativa en el plazo establecido, “existe el riesgo de que algunas solicitudes no sean atendidas, sean negadas o reciban respuestas administrativas insuficientes”, según indica el manual de la organización.
La guía explica que las mujeres que estén dentro de su licencia de maternidad o próximas a iniciarla pueden presentar una solicitud por escrito a su empleador o empleadora; o al IESS, en la ventanilla más cercana. “En la solicitud se debe explicar el contexto del caso y pedir expresamente: La aplicación directa del Convenio 183 de la OIT por ser la norma más favorable. Que se reconozcan 14 semanas de licencia de maternidad en el caso en concreto. Que se pague la licencia y el subsidio de maternidad por el período completo de 14 semanas. Que se tome en cuenta la sentencia emitida dentro del juicio No. 17297-2024-02086. Es importante pedir un recibido, constancia de ingreso o número de trámite. Esto sirve como respaldo de que la solicitud fue presentada”, apunta el documento.
En los casos en los cuales no se garantice el acceso a este derecho, Surkuna hizo pública una línea para recibir asesoría legal, porque explican que “podría ser necesario presentar acciones de protección en casos particulares para exigir la aplicación efectiva del derecho”, aunque “el IESS no debe poner trabas administrativas para hacer efectivos estos derechos”, resaltan. El número de contacto es: 0963630034
La abogada laborista, María Belén Paladines, dijo en rueda de prensa que, a nivel internacional, en el Índice Global de los Derechos de la Confederación Sindical Internacional (CSI) de 2026, Ecuador ocupa el tercer lugar de los países donde no se respetan los derechos laborales. “En este camino, pensar en las licencias de maternidad es importante”, agregó.
Además, se refirió al acuerdo ministerial 059 emitido por el Ministro de Trabajo que habla sobre jornadas eficientes. “Es importante pensarnos como éstas precarizan derechos, aunque se decía que era para que las mujeres puedan distribuir su trabajo y puedan cuidar. Este acuerdo ministerial nace de la Ley Orgánica de Economía Violeta en donde textualmente se habla de institucionalizar los roles de género para la distribución de la jornada laboral y otra vez el cuidado cae sobre las mujeres. Hay un camino largo por recorrer y lo que decimos es que en Ecuador se vulneran derechos y esta sentencia es un primer paso para el reconocimiento de los estándares internacionales y que las mujeres no solo debemos cuidar, sino que también es una responsabilidad del Estado”, afirmó Paladines.
La Ley Orgánica para Impulsar la Economía Violeta entró en vigor en enero de 2023 y fue impulsada por Daniel Noboa en segundo debate cuando era asambleísta. En la Presidencia, utilizó esta normativa como bandera de su discurso económico, relanzando instrumentos como el Crédito Violeta y articulándolos con programas como el Sello Violeta para empresas.
Esta garantía de extensión de la licencia de maternidad es parcial y evidencia una deuda pendiente, porque los cuidados siguen siendo una responsabilidad que recae de manera desproporcionada sobre las mujeres. En un país atravesado por la militarización, la violencia y la desaparición de personas, son ellas quienes sostienen los cuidados en casa, en la comunidad y, muchas veces, también las búsquedas y los duelos.
En ese sentido, Paladines resaltó que “cuando hablamos de licencias, también tenemos que regresar a ver la corresponsabilidad y qué pasa con las licencias de paternidad. Actualmente, se establecen 15 días que se puede prorrogar por 20 días para las licencias de los padres. Sin embargo, esto no significa que se haya avanzado en derechos, sino que existe una brecha en la corresponsabilidad del cuidado y es importante traer a discusión el extender las licencias para los padres y las madres”.
Los datos del Instituto Nacional de Estadística y Censos (INEC) muestran que en Ecuador la carga de cuidados sigue siendo desigual. Los resultados 2019 y 2023 de las Cuentas Satélite del Trabajo No Remunerado de los Hogares (CSTNRH), reveló que las mujeres dedicaron en promedio 28,7 horas semanales al trabajo doméstico y de cuidado no remunerado, frente a 11,4 horas de los hombres. Es decir, por cada 100 horas de trabajo no remunerado, 75 las realizan mujeres.
Por su parte, Vivian Idrovo de la Alianza por los Derechos Humanos manifestó que “contra toda esta corriente que nos quita la esperanza, esta sentencia nos la devuelve en el ejercicio de la abogacía, en la argumentación con derechos, en la gente y nos pone una nueva responsabilidad, seguir exigiendo ya no solamente las 14 semanas que están establecidas en el convenio 183 de la OIT como un mínimo, sino también la recomendación 191 de ámbitos universales y regionales que tienen otros plazos”. El convenio 191 de la OIT reconoce el derecho a un entorno de trabajo seguro y saludable como derecho fundamental.
La ampliación de garantías en el ámbito de la maternidad es un primer avance en la reivindicación de los derechos laborales de las mujeres y personas gestantes, pero todavía enfrentan límites estructurales como el acceso a un trabajo estable que les permita ejercer plenamente este derecho recién conquistado. Según la Encuesta Nacional de Empleo, Desempleo y Subempleo (ENEMDU) de abril de 2026, solo el 27,5% de las mujeres en Ecuador cuenta con empleo adecuado, frente al 39,3% de los hombres y entre quienes tienen trabajo, la mediana de ingresos de las mujeres es de 278,1 dólares mensuales, un monto inferior a la de los hombres que reciben 432 dólares. En otras palabras, se trata de un logro normativo necesario, con dificultad de garantías mientras la mayoría de mujeres se sostiene en empleos precarios o informales y las instituciones laborales siguen debilitadas.
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